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Creación de la Quinta Circunscripción Judicial de la Provincia con asiento en la ciudad de San Vicen Artículo 8 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Creación de la Quinta Circunscripción Judicial de la Provincia con asiento en la ciudad de San Vicente. Jurisdicción territorial Misiones
Artículo 8.

Se sustituyen los Artículos 3, 4, 10, 15, 24, 26, 30 y 31 de la Ley IV - N.º 43 (Antes Ley 4515), los que quedan redactados de la siguiente manera:

"ARTÍCULO 3.- El Juzgado de Primera Instancia con asiento en la ciudad de Oberá ejercerá jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios de Oberá, Panambí, Guaraní, Campo Ramón, Colonia Alberdi, Colonia Aurora, 25 de Mayo, Alba Posse, San Martín, Florentino Ameghino, Los Helechos, General Alvear y Mártires".

ARTÍCULO 8.- Se sustituyen los Artículos 3, 4, 10, 15, 24, 26, 30 y 31 de la Ley IV - N.º 43 (Antes Ley 4515), los que quedan redactados de la siguiente manera:

"ARTÍCULO 3.- El Juzgado de Primera Instancia con asiento en la ciudad de Oberá ejercerá jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios de Oberá, Panambí, Guaraní, Campo Ramón, Colonia Alberdi, Colonia Aurora, 25 de Mayo, Alba Posse, San Martín, Florentino Ameghino, Los Helechos, General Alvear y Mártires".

"ARTÍCULO 4.- Créase un (1) Juzgado de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia en la Quinta Circunscripción Judicial, con asiento en la ciudad de San Vicente, que funcionará con dos (2) Secretarías Letradas".

"ARTÍCULO 10.- El Juzgado de Primera Instancia con asiento en la ciudad de Eldorado ejercerá jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios de: Eldorado, 9 de Julio, Santiago de Liniers, Colonia Victoria, Colonia Delicia y San Antonio".

"ARTÍCULO 15.- Los Juzgados de Instrucción ejercerán jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios de Posadas, Garupá, Candelaria, Fachinal, Cerro Corá, Profundidad, Loreto y Santa Ana".

"ARTÍCULO 24.- Créanse tres (3) Juzgados de Paz de Tercera Categoría en la Primera y en la Segunda Circunscripción Judicial, uno con asiento en la localidad de Loreto, departamento Candelaria; uno con asiento en la localidad de Mojón Grande, departamento San Javier; y uno en la localidad de Arroyo del Medio, departamento Leandro N. Alem".

"ARTÍCULO 26.- Créase un (1) Juzgado de Paz de Tercera Categoría en la Quinta Circunscripción Judicial, con asiento en la localidad de Pozo Azul, departamento San Pedro".

"ARTÍCULO 30.- Elévanse a Primera Categoría los Juzgados de Paz de las localidades de Comandante Andresito y San Pedro pertenecientes a la Tercera y Quinta Circunscripción Judicial de la Provincia respectivamente, los que funcionarán con dos (2) Secretarías Letradas cada uno".

"ARTÍCULO 31.- Elévanse a Primera Categoría los Juzgados de Paz de las localidades de Aristóbulo del Valle de la Segunda Circunscripción Judicial, Dos de Mayo y San Vicente de la Quinta Circunscripción Judicial de la Provincia, los que funcionarán con dos (2) Secretarías Letradas cada uno".

Provincia de Misiones Artículo 8 Creación de la Quinta Circunscripción Judicial de la Provincia con asiento en la ciudad de San Vicente. Jurisdicción territorial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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