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Creación de la Quinta Circunscripción Judicial de la Provincia con asiento en la ciudad de San Vicen Artículo 7 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Creación de la Quinta Circunscripción Judicial de la Provincia con asiento en la ciudad de San Vicente. Jurisdicción territorial Misiones
Artículo 7.

Se sustituyen los Artículos 11, 12, 13, 14, 15, 66, 67, 68, 74 y 112 de la Ley IV - N.º 15 (Antes Decreto-Ley 1550/82) Ley Orgánica del Poder Judicial, los que quedan redactados de la siguiente manera:

"ARTÍCULO 11.- Para los fueros Civil, Comercial, Laboral, Familia, Violencia Familiar, Fiscal Tributaria, Penal, Correccional y de Menores, la jurisdicción territorial de la Provincia, se divide en cinco (5) circunscripciones, con las denominaciones de Primera, Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta".

"ARTÍCULO 12.- Primera Circunscripción Judicial:

a) su asiento es la ciudad Capital de la Provincia y queda comprendida dentro de los límites de los municipios de: Posadas, Garupá, San José, Fachinal, Apóstoles, Azara, Tres Capones, Concepción de la Sierra, Santa María, Candelaria, Cerro Corá, Profundidad, Santa Ana, y Loreto;

b) se compone de:

Una (1) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, de Familia, Violencia Familiar y Fiscal Tributaria con cinco (5) Salas y una (1) Cámara de Apelaciones en lo Laboral, con dos (2) Salas; la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, de Familia, Violencia Familiar y Fiscal Tributaria ejerce jurisdicción sobre la Cuarta Circunscripción Judicial sólo en materia Fiscal Tributaria.

Una (1) Cámara de Apelaciones en lo Penal con dos (2) Salas la que ejerce jurisdicción en toda la Provincia hasta tanto se creen las Cámaras de Apelaciones en lo Penal en cada una de las restantes circunscripciones judiciales; dos (2) Tribunales Penales, los que también ejercen la jurisdicción en la Cuarta Circunscripción Judicial, con la competencia establecida en el Artículo 25 de la Ley XIV - N.º 13, Código Procesal Penal de la Provincia de Misiones.

Con asiento en la ciudad de Posadas funcionan: cinco (5) Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, tres (3) Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Ejecución Fiscal Tributaria, tres (3) Juzgados de Familia de Primera Instancia, dos (2) Juzgados de Violencia Familiar de Primera Instancia, cuatro (4) Juzgados de Primera Instancia en lo Laboral, cinco (5) Juzgados de Instrucción y dos (2) Juzgados en lo Correccional y de Menores; el Ministerio Público integrado por una (1) Fiscalía de Cámara Civil y Comercial, una (1) Fiscalía de Cámara Penal, dos (2) Fiscalías de Tribunal, dos (2) Defensorías de Cámara, dos (2) Fiscalías en lo Civil y Comercial, cinco (5) Fiscalías de Instrucción, dos (2) Fiscalías en lo Correccional y de Menores, dos (2) Fiscalías de Violencia Familiar de Primera Instancia; cuatro (4) Defensorías de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, dos (2) Defensorías de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia, una en el barrio Itaembé Miní y otra en el barrio de Villa Cabello, una (1) Defensoría del Trabajador, cinco (5) Defensorías Oficiales de Instrucción, dos (2) Defensorías en lo Correccional y de Menores y dos (2) Defensorías de Violencia Familiar de Primera Instancia.

Con asiento en el barrio Fátima de la localidad de Garupá funciona una (1) Defensoría de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia.

Con asiento en la localidad de Garupá funcionan un (1) Juzgado de Familia y Violencia Familiar de Primera Instancia, una (1) Fiscalía de Familia y Violencia Familiar de Primera Instancia y una (1) Defensoría de Familia y Violencia Familiar de Primera Instancia.

Con asiento en la ciudad de Apóstoles funcionan: un (1) Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar; una (1) Fiscalía en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar de Primera Instancia y una (1) Defensoría de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar; un (1) Juzgado de Instrucción, una (1) Fiscalía de Instrucción y una (1) Defensoría de Oficio.

El Juzgado de Instrucción con asiento en la ciudad de Apóstoles, ejerce la jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios de: Apóstoles, San José, Concepción de la Sierra, Santa María, Tres Capones y Azara.

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar con asiento en la ciudad de Apóstoles, ejerce la jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios de Apóstoles, San José, Concepción de la Sierra, Santa María, Tres Capones y Azara".

"ARTÍCULO 13.- Segunda Circunscripción Judicial:

a) su asiento es la ciudad de Oberá y queda comprendida dentro de los límites de los municipios de: Oberá, San Martín, Guaraní, Florentino Ameghino, Los Helechos, Panambí, Campo Ramón, Campo Viera, Colonia Alberdi, General Alvear, Campo Grande, Aristóbulo del Valle, Colonia Aurora, 25 de Mayo, Alba Posse, San Javier, Itacaruaré, Mojón Grande, Leandro N. Alem, Bonpland, Caá Yarí, Almafuerte, Gobernador López, Dos Arroyos, Cerro Azul, Arroyo del Medio, Olegario V. Andrade, Mártires y Salto Encantado;

b) se compone de: una (1) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar y un (1) Tribunal Penal.

Con asiento en la ciudad de Oberá funcionan: tres (3) Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, un (1) Juzgado de Primera Instancia de Familia y Violencia Familiar, un (1) Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral, dos (2) Juzgados de Instrucción, un (1) Juzgado Correccional y de Menores, el Ministerio Público integrado por una (1) Fiscalía de Cámara Civil, Comercial y Laboral, una (1) Fiscalía de Tribunal Penal, una (1) Defensoría de Cámara Civil, Comercial y Laboral, una (1) Fiscalía en lo Civil y Comercial, una (1) Fiscalía de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Familia, una (1) Defensoría Civil y Comercial, dos (2) Fiscalías de Instrucción, una (1) Fiscalía Correccional y de Menores, dos (2) Defensorías de Instrucción y en lo Correccional y de Menores, una (1) Defensoría del Trabajador.

Con asiento en la localidad de Aristóbulo del Valle funcionan: un (1) Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar, una (1) Defensoría de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar y una (1) Fiscalía de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar.

El Juzgado de Primera Instancia con asiento en la localidad de Aristóbulo del Valle ejerce jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios de Aristóbulo del Valle, Campo Grande, Campo Viera y Salto Encantado.

Con asiento en la ciudad de Leandro N. Alem funcionan: un (1) Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, un (1) Juzgado de Familia y Violencia Familiar, un (1) Juzgado de Instrucción, una (1) Fiscalía de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia, una (1) Fiscalía de Instrucción, una (1) Defensoría de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, una (1) Defensoría de Familia y Violencia Familiar y una (1) Defensoría de Instrucción.

Los Juzgados de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral y de Familia y Violencia Familiar con asiento en la ciudad de Leandro N. Alem ejercen jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios de: Leandro N. Alem, Almafuerte, Caá Yarí, Dos Arroyos, Gobernador López, San Javier, Itacaruaré, Mojón Grande, Arroyo del Medio, Cerro Azul, Olegario V. Andrade y Bonpland.

El Juzgado de Instrucción con asiento en la ciudad de Leandro N. Alem ejerce la jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios de: Leandro N. Alem, Cerro Azul, Olegario V. Andrade, Almafuerte, Caá Yarí, Gobernador López, Mojón Grande, San Javier, Itacaruaré, Arroyo del Medio, Dos Arroyos y Bonpland".

"ARTÍCULO 14.- Tercera Circunscripción Judicial:

a) su asiento es la ciudad de Eldorado y queda comprendida dentro de los límites de los municipios:

Eldorado, 9 de Julio, Santiago de Liniers, Colonia Victoria, Puerto Esperanza, Colonia Delicia, Colonia Wanda, Libertad, San Antonio, Comandante Andresito y Puerto Iguazú.

b) se compone de:

una (1) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar; un (1) Tribunal Penal.

Con asiento en la ciudad de Eldorado funcionan: dos (2) Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, un (1) Juzgado de Primera Instancia de Familia, dos (2) Juzgados de Primera Instancia en lo Laboral, dos (2) Juzgados de Instrucción, un (1) Juzgado Correccional y de Menores, el Ministerio Público integrado por: una (1) Fiscalía de Cámara Civil, Comercial y Laboral, una (1) Fiscalía de Tribunal Penal, una (1) Defensoría de Cámara Civil, Comercial y Laboral, una (1) Fiscalía Civil, Comercial y Laboral, una (1) Fiscalía de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Familia, una (1) Defensoría Civil y Comercial, una (1) Defensoría Oficial de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia, dos (2) Fiscalías de Instrucción, una (1) Fiscalía Correccional y de Menores, dos (2) Defensorías de Instrucción y Correccional y de Menores, una (1) Defensoría del Trabajador.

Con asiento en la ciudad de Puerto Iguazú funcionan: un (1) Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, un (1) Juzgado de Primera Instancia de Familia y Violencia Familiar y un (1) Juzgado de Instrucción; el Ministerio Público integrado por: una (1) Fiscalía Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar, una (1) Fiscalía de Instrucción; dos (2) Defensorías Oficiales en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar; y una (1) Defensoría de Instrucción.

Los Juzgados de Primera Instancia Civil, Comercial, y Laboral y de Familia y Violencia Familiar con asiento en la ciudad de Puerto Iguazú ejerce jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios: Colonia Wanda, Puerto Iguazú, Libertad y Puerto Esperanza.

El Juzgado de Instrucción con asiento en la ciudad de Puerto Iguazú ejerce jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios: Colonia Wanda, Puerto Iguazú, Libertad, Puerto Esperanza, Comandante Andresito y San Antonio.

Con asiento en la localidad de Comandante Andresito funcionan: un (1) Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar, una (1) Fiscalía Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar y una (1) Defensoría de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar.

El Juzgado de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar, con asiento en la localidad de Comandante Andresito, ejerce jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios de Comandante Andresito y San Antonio".

"ARTÍCULO 15.- Cuarta Circunscripción Judicial:

a) su asiento es la ciudad de Puerto Rico y queda comprendida dentro de los límites de los municipios de: Puerto Rico, Capioví, Puerto Leoni, Ruiz de Montoya, Jardín América, Colonia Polana, General Urquiza, Hipólito Yrigoyen, Garuhapé, El Alcázar, San Ignacio, Gobernador Roca, Santo Pipó, Corpus Christi, Montecarlo, Caraguatay y Puerto Piray.

b) con asiento en la ciudad de Puerto Rico funcionan:

una (1) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar; un (1) Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral; un (1) Juzgado de Familia y Violencia Familiar; un (1) Juzgado de Instrucción y un (1) Juzgado Correccional y de Menores; el Ministerio Público integrado por una (1) Fiscalía en lo Civil, Comercial y Laboral, una (1) Fiscalía con competencia en Familia y Violencia Familiar, una (1) Defensoría Civil, Comercial y Laboral y una (1) Defensoría con competencia en Familia y Violencia Familiar; una (1) Fiscalía de Instrucción, Correccional y de Menores y una (1) Defensoría de Oficio de Instrucción, Correccional y de Menores.

Con asiento en la ciudad de Jardín América funcionan:

un (1) Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar; una (1) Fiscalía Civil, Comercial, Laboral y de Familia y una (1) Defensoría Oficial Civil, Comercial, Laboral y de Familia, un (1) Juzgado de Instrucción, una (1) Fiscalía de Instrucción y una (1) Defensoría de Oficio.

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar con asiento en la ciudad de Jardín América, ejerce la jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios de: Jardín América, Puerto Leoni, Colonia Polana, Hipólito Yrigoyen, General Urquiza, San Ignacio, Gobernador Roca, Santo Pipó y Corpus Christi.

El Juzgado de Instrucción con asiento en la ciudad de Jardín América, ejerce la jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios de: Jardín América, Puerto Leoni, Colonia Polana, General Urquiza, Capioví y Ruiz de Montoya.

Con asiento en la ciudad de Montecarlo funcionan: un (1) Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar, una (1) Fiscalía Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar y una (1) Defensoría de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar.

El Juzgado de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar, con asiento en la ciudad de Montecarlo, ejerce jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios de Montecarlo, Caraguatay y Puerto Piray.

Con asiento en la ciudad de San Ignacio funcionan: un (1) Juzgado de Instrucción, una (1) Fiscalía de Instrucción; y una (1) Defensoría Oficial de Instrucción.

El Juzgado de Instrucción con asiento en la ciudad de San Ignacio, ejerce la jurisdicción territorial dentro de los límites de los municipios de: San Ignacio, Gobernador Roca, Santo Pipó, Corpus Christi e Hipólito Yrigoyen".

"ARTÍCULO 66.- Establécese con respecto a los Juzgados de Instrucción con asiento en la Primera y Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia el siguiente orden de subrogancia:

1) los Juzgados de Instrucción con asiento en la ciudad de Posadas, se subrogan entre sí hasta agotar el orden, continuando en lo pertinente con la subrogancia preestablecida;

2) el Juzgado de Instrucción con asiento en la ciudad de Apóstoles es subrogado por los Juzgados de Instrucción con asiento en la ciudad de Posadas;

3) el Juzgado de Instrucción con asiento en la ciudad de Leandro N. Alem es subrogado por los Juzgados de Instrucción con asiento en la ciudad de Oberá".

"ARTÍCULO 67.- Establécese como Defensoría de Instrucción la actual Defensoría de Fuero Universal N.º 1 de la Quinta Circunscripción Judicial de la Provincia, con asiento en la ciudad de San Vicente. Cuando deben efectuarse presentaciones ante los magistrados competentes, distintos al Fuero Penal de su circunscripción, son suplidos por la defensoría correspondiente con asiento en la ciudad de Oberá".

"ARTÍCULO 68.- La Defensoría de Fuero Universal N.º 1 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Apóstoles cesa su intervención cuando deban efectuarse presentaciones ante los magistrados competentes de la ciudad de Posadas, en cuyo caso es suplida por la Defensoría correspondiente con asiento en dicha ciudad; a excepción de las correspondientes al Fuero Penal.

Establécese como Defensoría de Instrucción la actual Defensoría de Fuero Universal N.º 2 de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia, con asiento en la ciudad de Leandro N. Alem.

La Defensoría de Instrucción de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Leandro N. Alem cesa su intervención cuando deban efectuarse presentaciones ante los magistrados competentes de la ciudad de Oberá, en cuyo caso es suplida por la Defensoría correspondiente con asiento en dicha ciudad; a excepción de las correspondientes al Fuero Penal".

"ARTÍCULO 74.- Funcionan como Juzgados de Paz de Segunda Categoría los ubicados en las localidades de: Azara, Bernardo de Irigoyen, Campo Grande, Campo Viera, Capioví, Caraguatay, Cerro Azul, Concepción de la Sierra, Corpus Christi, Gobernador Roca, Pozo Azul, Puerto Esperanza, Puerto Piray, San Javier, Santo Pipó y Salto Encantado".

"ARTÍCULO 112.- Los Defensores Oficiales de Primera Instancia y Defensores de Oficio, ejercen sus funciones ante los Jueces de Primera Instancia, de Instrucción Penal y en lo Correccional y de Menores, representando y asistiendo judicial o extrajudicialmente a los pobres, incapaces, ausentes, menores y trabajadores, de conformidad a las atribuciones y deberes que al efecto le asignan las leyes de fondo y de procedimiento. El Reglamento para el Poder Judicial determina la competencia, turnos y subrogancia de los mismos.

En todos los casos los Defensores Oficiales que actúan ante los Juzgados de Instrucción actúan también como tales, ante los Tribunales en lo Penal de su respectiva circunscripción.

Exceptúanse de la regla del apartado precedente los Defensores Oficiales de Apóstoles, Puerto Rico, San Ignacio, Leandro N. Alem, San Vicente y Puerto Iguazú, los que son suplidos por los Defensores Oficiales de la ciudad de Posadas, Oberá y Eldorado respectivamente".

Provincia de Misiones Artículo 7 Creación de la Quinta Circunscripción Judicial de la Provincia con asiento en la ciudad de San Vicente. Jurisdicción territorial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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