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Creación de Foros Municipales de Prevención de Consumos Problemáticos Artículo 3 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Creación de Foros Municipales de Prevención de Consumos Problemáticos Chaco
Artículo 3.

El Foro Municipal de Consumos Problemáticos indebido de drogas tendrá las siguientes funciones:

a) Promover la formulación de políticas públicas relativas a la prevención de los consumos problemáticos y de las adicciones, fortaleciendo políticas públicas sobre esas materias.

b) Propiciar el desarrollo de un espacio multisectorial y pluridisciplinario en coordinación con el Poder Ejecutivo Provincial para el abordaje de las problemáticas específicas.

c) Propiciar la creación de un observatorio dentro del ámbito municipal, dedicado al monitoreo del consumo de sustancias psicoactivas y conductas y el resultado de las políticas implementadas al respecto.

d) Propiciar la articulación de los esfuerzos de la familia como eje contenedor de niños y adolescentes, de la sociedad civil y del Estado para atender integralmente a niños con acciones de prevención en adicciones y consumos problemáticos.

e) Promover la adhesión a los programas que se implementen desde la Nación o la Provincia.

f ) Difundir la legislación vigente, la existencia y funciones de los organismos competentes y las herramientas que la población tiene a su alcance.

g) Promover la capacitación y formación permanente del personal municipal y de organizaciones de la sociedad civil que brinden atención directa a las personas en materia de prevención de adicciones.

h) Solicitar la contratación de asesorías externas en aquellos temas o actividades que en razón de su importancia, trascendencia o complejidad, lo requieran.

i) Promover a través del órgano ejecutivo municipal, la firma de convenios marco, de cooperación y ayuda financiera con instituciones que brinden capacitación específica en el tema de prevención de adicciones.



Provincia del Chaco Artículo 3 Prevención de las adicciones. Creación de Foros Municipales de Prevención de Consumos Problemáticos
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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