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Crea ley para normalizar el funcionamiento del sistema de residencias del Ministerio de Salud Artículo 49 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Crea ley para normalizar el funcionamiento del sistema de residencias del Ministerio de Salud Mendoza
Artículo 49.

La sanción de Separación Definitiva de la residencia será solicitada por la Dirección del Hospital o establecimiento al Ministro de Salud, o de Desarrollo Humano, Familia y Comunidad, sobre la base de la sugerencia conjunta de la Jefatura del Servicio en cuestión y del Comité de Docencia e Investigación del Hospital. En caso de no existir acuerdo entre la Jefatura del Servicio y el Comité de Docencia e Investigación, la Dirección del Hospital tendrá que tomar como base lo opinado por el Comité de Docencia e Investigación.

El Ministro de Salud o de Desarrollo Humano, Familia y Comunidad, previo a su Resolución definitiva, vía Dirección de Recursos Humanos, girará la actuación a la Comisión Provincial de Capacitación, Docencia e Investigación. Esta deberá notificar al interesado sobre la sanción solicitada y éste tendrá hasta siete (7) días para presentar descargos por escrito ante la Comisión. Dentro de un máximo de nueve (9) días la Comisión deberá estudiar el caso, emitir opinión al respecto y girar la actuación, vía Dirección de Recursos Humanos, al Ministro correspondiente. La Resolución del Ministerio de Salud o de Desarrollo Humano, Familia y Comunidad no tendrá ningún tipo de instancia superior de apelación.

Provincia de Mendoza Artículo 49 Crea ley para normalizar el funcionamiento del sistema de residencias del Ministerio de Salud y Ministerio de Desarrollo Humano Familia y comunidad de la provincia
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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