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Código Procesal de Familia Artículo 66 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal de Familia Río Negro
Artículo 66. Exhibición de documentos

Presunción. Las partes y los terceros o las terceras en cuyo poder se encuentran documentos esenciales para la solución del litigio, están obligados u obligadas a exhibirlos o a designar el protocolo o archivo en que se hallan los originales.

La judicatura ordena la exhibición de los documentos, sin sustanciación alguna, dentro del plazo que fije.

Cuando del proceso resulta manifiestamente verosímil la existencia del documento en poder de la parte, la negativa u omisión a presentarlo constituye una presunción en su contra.

El tercero o la tercera requeridos pueden oponerse a la presentación del documento acreditando que es de su exclusiva propiedad y la exhibición puede ocasionarle perjuicio, si la judicatura no lo considera atendible, puede ordenar el secuestro con allanamiento de lugares.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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