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Código Procesal Civil Artículo 302 Provincia de Mendoza


Derogado

Código Procesal Civil Mendoza
Artículo 302. PROCESO POR DIVORCIO

El proceso por divorcio, al que podrá acumularse el de separación de bienes, se tramitará por el procedimiento ordinario, con las siguientes modificaciones:

1) es obligatorio y previo a la contestación de la demanda, el interno de reconciliación, a cuyo efecto, promovida la demanda y antes de dar traslado de ella, se dispondrá la comparencia personal de los cónyuges ante el juez, quien podrá disponer que en ese acto, no los acompañe persona alguna, incluso abogado o procurador. Podrá suspenderse el procedimiento en cualquier estado del trámite y por un lapso no mayor de seis meses, para intentar la reconciliación.

2) El juez, antes o después de intentar la reconciliación y aun antes de deducida la demanda, si así se solicitare, podrá ordenar la guarda de la esposa y de los hijos menores o incapaces, conforme a lo dispuesto por el articulo 127, las medidas precautorias sobre los bienes que autorizan el Código Civil y la ley de matrimonio y disponer sobre alimentos provisorios y litis expensas conforme a los artículos 129 y 130.

3) No son admisibles el allanamiento, la transacción ni la prueba confesional, en cuanto al litigio por divorcio y no procede la exclusión de testigos por parentesco, a que se refiere el primer apartado del articulo 194, salvo los ascendientes y descendientes de los cónyuges, que no pueden ser ofrecidos como testigos.

4) Es obligatoria la intervención del Ministerio fiscal.

5) Las facultades concedidas al juez por el articulo 46, deberán ser ejercidas especialmente en defensa del interés social de mantenimiento del vínculo y de la protección de los hijos.

6) Si los litigantes no apelare, podrá hacerlo el Ministerio fiscal.



Provincia de Mendoza Artículo 302 Código Procesal Civil
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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