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Código Fiscal Artículo 84 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Fiscal La Pampa
Artículo 84.

El poder Ejecutivo podrá establecer el descuento de los intereses que correspondan por deudas de los Impuestos a los Vehículos e Inmobiliarios, exclusivamente en los casos en que las mismas sean saldadas al contado en su totalidad, aun cuando estuvieren incluidas en planes de facilidades de pago o se hubieren iniciado acciones de apremio.

Tal disminución no podrá superar el cincuenta por ciento (50 %) de los intereses generados por cada dominio, partida o contribuyente, según corresponda; salvo que se trate de deudas de Impuesto a los Vehículos originadas por unidades respecto de las cuales la respectiva Ley Impositiva anual, por su antigüedad, no establezca cargo. En estos casos la disminución puede ser de hasta el cien por ciento (100 %).

Provincia de La Pampa Artículo 84 Código Fiscal de La Pampa
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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