Imprimir

Código Fiscal Artículo 18 Provincia de Corrientes


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Fiscal Corrientes
Artículo 18. Sujetos Pasivos de los Impuestos - Definició

Son contribuyentes de los impuestos, en tanto se verifique respecto de los mismos, el hecho imponible que les atribuyen las normas respectivas, en la medida y condiciones necesarias que éstas prevén para que surja la obligación tributaria:

a) las personas de existencia visible, capaces e incapaces según las normas del Código Civil;

b) las personas jurídicas del Código Civil y todas aquellas entidades a las que el derecho privado le reconoce la calidad de sujetos de derechos, incluso las organizadas bajo la Ley Nacional 20.337;

c) las entidades que no posean la calidad prevista en el inciso anterior, los patrimonios destinados a un fin determinado y las Uniones Transitorias de Empresas, cuando sean consideradas por las normas tributarias como unidades económicas para la atribución del hecho imponible.

d) las sociedades no constituidas legalmente;

e) las sucesiones indivisas, cuando las normas tributarias las consideren como sujetos para la atribución del hecho imponible;

f) los fideicomisos que se constituyan de conformidad a lo establecido por la Ley Nacional 24.441.

g) todo otro sujeto o entidad con o sin personería jurídica, que realice los actos u operaciones, o se hallen en las situaciones que este Código o leyes fiscales especiales definan como hecho imponible.

Son sujetos pasivos de las tasas las personas y los otros sujetos indicados en el párrafo anterior, a los cuales la Provincia preste un servicio administrativo o judicial que, por disposición de este Código o de leyes fiscales especiales, debe retribuirse con el pago de una tasa.

Son sujetos pasivos de las contribuciones las personas y los otros sujetos indicados en el primer párrafo de este artículo, que obtengan el beneficio o mejora que, por disposición de este Código o de leyes fiscales especiales, sea causa de la obligación pertinente.

Provincia de Corrientes Artículo 18 Código Fiscal
Artículo 1 ...16 17 18 19 20 ...262

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse