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Código Electoral Artículo 25 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Electoral Córdoba
Artículo 25. Colaboración en la actualización permanente del Registro Nacional de Electores

El Juzgado Electoral debe comunicar al Registro Nacional de Electores -dentro de los dos (2) días hábiles de recibida- toda información vinculada a inhabilitaciones, exclusiones, electores fallecidos, inscripciones múltiples u otros errores que de oficio, por comunicación de otros tribunales u órganos de la administración provincial o por denuncia de cualquier elector, partido o confederación política advierta que existe en los registros del Registro Nacional Electoral, acompañando en todos los casos, las constancias que lo acrediten.

El Juzgado Electoral, mensualmente, publica a través de su página web y pone a disposición de los partidos o confederaciones políticas reconocidas la nómina de las informaciones cursadas al Registro Nacional Electoral en virtud de las disposiciones de este artículo.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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