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Código de Procedimiento Tributario Municipal Unificado Artículo 130 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código de Procedimiento Tributario Municipal Unificado Córdoba
Artículo 130. Presunción de fraude

Se presume la intención de defraudar al fisco, salvo prueba en contrario, cuando medien las siguientes circunstancias: a) Contradicción evidente entre los libros, comprobantes, registraciones manuales o efectuadas mediante sistemas de computación y demás antecedentes, con los datos consignados en las declaraciones juradas; b) Manifiesta disconformidad entre normas legales y reglamentarias y la aplicación que de ellas se haga en la determinación, liquidación o extinción del tributo; c) No se lleven libros, documentos, registraciones manuales o mediante computación u otros elementos contables cuando la naturaleza, volumen e importancia de las operaciones realizadas no justifique esa omisión; d) Se lleven dos o más juegos de libros o registraciones para una misma contabilidad con distintos asientos o dobles juegos de comprobantes; e) El contribuyente o responsable impida, obstaculice o dificulte - de cualquier modo- el acceso a los libros de contabilidad, sistemas de comprobantes, sistemas de computación y demás elementos; f) Los contribuyentes o responsables realicen actividades o generen hechos imponibles sin contar con la correspondiente inscripción y/o habilitación para funcionar o éstas hayan sido acordadas para una actividad distinta; g) Se adopten formas o estructuras jurídicas manifiestamente inadecuadas para desfigurar la efectiva operación gravada y ello se traduzca en apreciable disminución del ingreso tributario; h) Se alteren las fechas de los documentos y tal circunstancia no estuviera salvada por un motivo convincente, e i) Se adulterare, destruyere, inutilizare, sustituyere, sustrajere u ocultare la documentación respecto de la cual los contribuyentes o responsables hubieren sido designados depositarios por el Organismo Fiscal, sin perjuicio de la comisión de delitos legislados en el Código Penal.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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