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Catastro Territorial de la Provincia Artículo 33 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Catastro Territorial de la Provincia Córdoba
Artículo 33. Clasificación de las parcelas

A los fines valuatorios las parcelas y subparcelas se clasifican en urbanas y rurales. Son parcelas urbanas aquellas ubicadas dentro de los radios municipales y comunales y las pertenecientes a fraccionamientos destinados a asentamientos poblacionales, comerciales, industriales, recreativos o turísticos ubicados fuera de radios municipales o comunales. Son parcelas rurales aquellas no comprendidas en la definición anterior.

Cuando dentro de un radio municipal, de conformidad con las normativas municipales, comunales o provinciales de uso del suelo, existan zonas específicamente destinadas a actividades de explotación del suelo (agropecuarias o mineras) o reservadas para conservación de bosque nativo o vegetación autóctona, las parcelas y subparcelas incluidas dentro de la misma que cumplimenten con el destino previsto para la zona, se considerarán a los fines de su valuación como rurales. El interesado debe presentar la documentación que acredite el encuadramiento en este supuesto.

Las parcelas y subparcelas urbanas no incluidas en el párrafo anterior, a solicitud del propietario o titular del empadronamiento, pueden ser valuadas con metodología rural cuando se verifique alguna de las siguientes circunstancias:

a) No tengan ninguna prestación de servicios directos por parte del municipio o comuna, lo que debe acreditarse fehacientemente;

b) Tengan una superficie igual o mayor a tres hectáreas y cuyo suelo mantenga las condiciones originales, ya sea de vegetación autóctona, pastizales naturales, rocoso de montaña u otros que establezca reglamentariamente la Dirección General de Catastro, debiendo esta repartición controlar la subsistencia de los requisitos que autorizan a mantener la excepción acordada, o c) Estén destinadas a actividades de explotación del suelo (agropecuarias o mineras), no considerándose como tales a aquellas actividades agroindustriales o comerciales en las que el terreno donde se desarrolla no esté en explotación directa, tales como criaderos avícolas en naves de producción, viveros con especies en recipientes no integrados al suelo, acopio de granos o plantas frigoríficas, entre otras.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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