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Catastro Territorial de la Provincia Artículo 2 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Catastro Territorial de la Provincia Córdoba
Artículo 2. Principios

Las tareas y procedimientos vinculados a la organización y ejecución del Catastro están enmarcadas en los siguientes principios:

a) Principio de interpretación armónica rectora: los principios establecidos en el presente artículo, considerados de manera armónica, son rectores de la interpretación de las distintas normas que rigen los casos concretos a que se aplican;

b) Principio de apertura: los datos catastrales son públicos y, en la medida que los medios técnicos lo permitan, deben ser accesibles en formatos electrónicos abiertos que faciliten su procesamiento por medios automáticos o por consulta directa de los antecedentes documentales, conforme lo disponga la Dirección General de Catastro. La reglamentación podrá restringir el acceso aciertos datos en resguardo de intereses o derechos individuales y de incidencia colectiva y, asimismo, establecer mecanismos de identificación del solicitante;

c) Principio de no convalidación: la registración de los documentos y datos de los trabajos de agrimensura y la constitución del estado parcelario no subsana ni convalida los defectos de que pudieran adolecer, no convalidan los defectos de los criterios técnicos, métodos de levantamiento y documentos utilizados para su realización ni libera a sus responsables de las obligaciones y sanciones que correspondan;

d) Principio de previsibilidad: a fin de optimizar la celeridad y eficiencia de los trámites catastrales, la reglamentación establecerá los plazos dentro de los cuales deben llevarse a cabo las distintas tareas, según el tipo y complejidad del trámite. Asimismo determinará los requisitos esenciales de presentación e inicio de los distintos trámites sin los cuales no se dará curso a los mismos;

e) Principio de prioridad: a los fines de la prioridad en el tratamiento de los casos, se tomará como fecha de referencia la del inicio del trámite, sin importar la fecha de ingreso o reingreso a una oficina o sector durante el proceso del mismo;

f) Integralidad del control: sin perjuicio de la intervención de distintos sectores de la Dirección General de Catastro en cada trámite, el resultado del control de los trabajos de agrimensura y el proveído a cualquier otra petición debe expedirse en un solo acto, indicando todos los defectos que se detecten, no pudiendo formularse observaciones escalonadas o por etapas en distintas intervenciones, y g) Principio de equivalencia documental: la referencia a planos, mapas, documentos cartográficos y documentos en general utilizados en esta y otras normas se interpretarán indistintamente como referidos tanto a documentos obrantes en soportes físicos como digitales.



Provincia de Córdoba Artículo 2 Catastro Territorial de la Provincia
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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