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Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este Artículo 67 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este Salta
Artículo 67.

Se faculta la creación de un Fondo de Protección Ambiental que tendrá una cuenta especial y será administrado por la autoridad ambiental designada por el Departamento Ejecutivo. En ese Fondo se acreditarán los aportes de las empresas radicadas en el territorio y todos los recursos recaudados por conceptos tales como multas por daño ambiental, indemnizaciones, donaciones, legados y aportes provinciales, nacionales e internacionales, públicos o del sector privado, destinados a la protección o habilitación ambiental.

Integrarán este Fondo también, los recursos obtenidos por convenios específicos que se consideren necesarios, y el producido por el arancelamiento consecuente con la prestación de servicios ambientales en general. Será destinado a la producción de bienes y servicios cuya finalidad sea la de proteger, conservar y reparar el ambiente natural.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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