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Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este Artículo 65 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este Salta
Artículo 65. Empréstitos

La Municipalidad puede contraer empréstitos con destino establecido, previa aprobación por Ordenanza con el voto de los dos tercios (2/3) de la totalidad de los miembros del Concejo Deliberante.

La Ordenanza que apruebe empréstitos debe especificar los recursos con que afrontará el servicio de la deuda y la amortización del capital.

En ningún caso los servicios y la amortización de la totalidad de los empréstitos adquiridos pueden afectar más de la cuarta parte de los recursos ordinarios anuales.

Sólo pueden autorizarse empréstitos para la ejecución de obras públicas para emprendimientos de interés social, para atender gastos originados por catástrofes, calamidades públicas, u otras necesidades impostergables del Municipio debidamente calificadas por Ordenanza, o para la conversión, consolidación o renegociación de la deuda existente. No pueden autorizarse empréstitos destinados a cubrir gastos corrientes municipales. El destino de los fondos a otros objetos que los especificados por la Ordenanza de autorización, hará personalmente responsable a la autoridad que así lo dispusiera.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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