Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este Artículo 37 Provincia de Salta
Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este Salta
Artículo 37. Incompatibilidades e Inhabilidades. Asistencia al Concejo Deliberante
Rigen para los Secretarios las mismas incompatibilidades e inhabilidades que para los Concejales, no están comprendidos en las disposiciones de estabilidad y escalafón municipal.La remuneración de los integrantes del Departamento Ejecutivo será establecida en la Ordenanza del Presupuesto Municipal.
Los Secretarios del Departamento Ejecutivo deben asistir a las sesiones del Concejo Deliberante, en forma obligatoria, cuando sean convocados por el Cuerpo, con el fin de brindar informes sobre los temas de su competencia. También podrán asistir por decisión propia.
En todos los casos se les acuerda el uso de la palabra, sin derecho a voto. Pueden ser citados o comparecer espontáneamente a las Comisiones del Concejo Deliberante, en las mismas condiciones expuestas precedentemente.
El incumplimiento de las obligaciones impuestas a los Secretarios en este artículo constituye falta grave.
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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