Imprimir

Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este Artículo 28 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este Salta
Artículo 28. Iniciativa Legislativa

Las Ordenanzas tienen origen en el Concejo Deliberante por proyectos presentados por sus miembros, por el Intendente, o por los ciudadanos en ejercicio del derecho de Iniciativa Popular.

Para incorporarse al Concejo Deliberante, los Concejales deben prestar juramento ante el Presidente; y este lo hará ante el Cuerpo, obligándose a desempeñar debidamente el cargo y obrar de acuerdo con esta Carta Orgánica, la Constitución Provincial y la Constitución Nacional.

El Concejo Deliberante toma sus decisiones por simple mayoría de votos, a excepción de los casos en que esta Carta Orgánica disponga una mayoría diferente. En caso de paridad, decide el voto del Presidente del Cuerpo, quien también ejercerá su derecho a voto cuando el asunto que se trate, requiera de la aprobación de los dos tercios (2/3) de votos de la totalidad del Cuerpo.

En la sanción de las Ordenanzas se usará la siguiente fórmula: "El Concejo Deliberante del Municipio Santa Victoria Este sanciona con fuerza de Ordenanza".

Provincia de Salta Artículo 28 Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este
Artículo 1 ...26 27 28 29 30 ...142

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse