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Bases jurídicas, políticas e institucionales del sector de seguridad pública de la provincia Artículo 30 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Bases jurídicas, políticas e institucionales del sector de seguridad pública de la provincia Mendoza
Artículo 30.

Funcionará una Junta de Disciplina bajo la dependencia funcional del Ministerio de Justicia y Seguridad que tendrá las siguientes funciones esenciales:

1- Resolver en los sumarios administrativos por faltas e infracciones cometidas por personal policial y penitenciario sometidos a su conocimiento y decisión, aplicando las sanciones previstas por las leyes específicas.

2- Conocer y decidir en los recursos de apelación interpuestos contra sanciones aplicadas al personal policial o penitenciario fundadas en la comisión de faltas que no requieran sumario administrativo previo para su imposición.

3- Dictaminar en los sumarios administrativos en los que la resolución correspondiera al Gobernador de la Provincia o a quien él delegue esa facultad, aconsejando la sanción a aplicar.

4- Denunciar a la autoridad competente la comisión de hechos delictivos advertidos en el ejercicio de sus funciones.



Provincia de Mendoza Artículo 30 Bases jurídicas, políticas e institucionales del sector de seguridad pública de la provincia
Artículo 1 ...28 QUINQUIES 29 30 31 32 ...38

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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