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Aprobación de la ley de procedimiento para la aplicación del convenio sobre sustracción internaciona Artículo 38 Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Aprobación de la ley de procedimiento para la aplicación del convenio sobre sustracción internacional de menores Neuquén
Artículo 38. Comunicaciones judiciales directas

Las comunicaciones judiciales directas se deben llevar a cabo por ante el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia u organismo judicial que este designe, con la finalidad de facilitar la celeridad en la cooperación judicial internacional. Asimismo, el juez de enlace debe asistir a la autoridad central en el proceso de seguimiento del caso. A tal fin, puede contactarse con el juez interviniente y ofrecerle su colaboración. El juez o tribunal que entienda en la causa puede valerse de la figura del juez de enlace y de los miembros de la Red Nacional de Jueces para evacuar consultas de derecho y cuestiones relativas a la protección del niño, niña o adolescente, en el caso concreto, que puedan surgirle respecto de la aplicación de los convenios referidos en el Artículo 1º de esta ley. El juez o tribunal interviniente puede solicitar asistencia al juez de enlace para contactarse con el juez competente del Estado de residencia habitual del niño, niña o adolescente. Las consultas entre jueces pueden ser recíprocas y se debe dejar constancia de ellas en los respectivos expedientes, con comunicación a las partes y a la autoridad central.



Provincia del Neuquén Artículo 38 Aprobación de la ley de procedimiento para la aplicación del convenio sobre sustracción internacional de menores (La Haya, 1980) y de la Convención Interamericana sobre Restitución de Menores (Montevideo, 1989)
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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