Imprimir

Adhesión de la Provincia deTucumán al Sistema voluntario y excepcional Artículo 5 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Adhesión de la Provincia deTucumán al Sistema voluntario y excepcional Tucumán
Artículo 5.

Los pagos efectuados o que se efectúen en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, como así también los saldos que se hayan cancelado o incluido en planes de facilidades de pago, quedarán firmes y no darán lugar a repetición, acreditación o compensación alguna invocando los beneficios que por la presente Ley se establecen para la exteriorización de la tenencia de la moneda nacional o extranjera en los términos y con los alcances establecidos por el Título I del Libro II de la Ley Nacional N° 27.260 y sus normas reglamentarias.



Provincia de Tucumán Artículo 5 Adhesión de la Provincia deTucumán al Sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior de la Ley Nacional N° 27.260
Artículo 1 ...3 4 5 6 7 ...9

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse