Adhesión a la Ley Nacional 27.575 por la que se declara el 29 de agosto de cada año como el Día de la Persona Donante de Órganos (Adhesión a la Ley Nacional 27.575) Provincia del Chaco
Adhesión a la Ley Nacional 27.575 por la que se declara el 29 de agosto de cada año como el Día de la Persona Donante de Órganos Provincia del Chaco
- Artículo 1. Adhiérese la Provincia del Chaco a la ley nacional 27.575, por la que se...
- Artículo 2. Será autoridad de aplicación de la presente el Ministerio de Educación,...
- Artículo 3. La fecha mencionada en el artículo 1º queda incorporada al calendario...
- Artículo 4. El organismo de aplicación tendrá a su cargo arbitrar las medidas necesarias...
- Artículo 5. Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Adhiere la Provincia del Chaco a la Ley Nacional Nº 26.816 Protección y bienestar de animales Adhesión de la provincia a la ley nacional 27.521 Regulación de la equinoterapia como actividad terapéutica de rehabilitación Institución del Banco Rojo con la leyenda En memoria de todas las mujeres asesinadas por quienes decían amarlasMejores juristas
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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