Regulación de la equinoterapia como actividad terapéutica de rehabilitación (Regulación de la equinoterapia como actividad terapéutica de rehabilitación) Provincia del Chaco
Regulación de la equinoterapia como actividad terapéutica de rehabilitación Provincia del Chaco
- Artículo 1. Establécese la Equinoterapia o Hipoterapia como actividad terapéutica de...
- Artículo 2. A los efectos de la presente ley, se entiende por: a) Equinoterapia o...
- Artículo 3. Serán sujetos beneficiarios de la presente, toda persona que padezca una...
- Artículo 4. Las personas beneficiarias de la presente que se encuentren sujetas a patria...
- Artículo 5. Los objetivos de la presente serán: a) Brindar a los sujetos...
- Artículo 6. La Equinoterapia debe ser impartida por un equipo interdisciplinario...
- Artículo 7. Los Centros de Equinoterapia o Hipoterapia deberán contar con los siguientes...
- Artículo 8. Los Centros de Equinoterapia o Hipoterapia deberán cumplimentar con las...
- Artículo 9. Los Centros de Equinoterapia o Hipoterapia deberán contar, como mínimo, con...
- Artículo 10. Los Centros de Equinoterapia o Hipoterapia deberán contar, como mínimo, con...
- Artículo 11. Los equinos de terapia destinados a estas prácticas deberán estar...
- Artículo 12. Entrenamiento
- Artículo 13. El Ministerio de Salud Pública será la autoridad de aplicación de la...
- Artículo 14. El Estado Provincial, a través de la autoridad de aplicación, deberá...
- Artículo 15. Serán funciones de la autoridad de aplicación, las siguientes: a)...
- Artículo 16. La autoridad de aplicación, promoverá campañas de información y difusión...
- Artículo 17. El gasto que demande el cumplimiento de la presente, se imputará al...
- Artículo 18. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo de noventa (90)...
- Artículo 19. Los Centros de Equinoterapia o Hipoterapia que actualmente funcionan en la...
- Artículo 20. Invítase a los municipios a adherir a la presente
- Artículo 21. Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Adhesión de la provincia a la ley nacional 27.592 Remoción de propaganda electoral Consenso fiscal entre el Estado Nacional, las Provincias y la CABA Creación del Programa de Concientización Sobre los Efectos del Consumo de Alcohol Durante el Embarazo Prórroga de la declaración de Emergencia Económica y Financiera hasta el 31 de diciembre de 2023Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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