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Tasas retributivas de servicios por actuaciones judiciales prestadas en todas las jurisdicciones jud Artículo 13 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/04/2024

Tasas retributivas de servicios por actuaciones judiciales prestadas en todas las jurisdicciones judiciales La Rioja
Artículo 13.

Facúltase al Tribunal Superior de Justicia a designar a los funcionarios y/o apoderados, encargados de iniciar, tramitar y ser parte en las acciones judiciales tendientes al cobro de la tasa de justicia y demás acreencias comprendidas en el "Fondo de Justicia".

Los funcionarios acreditan la personería invocada adjuntando copia de la Acordada respectiva y los apoderados, con copia simple del poder general otorgado, representando a la provincia de La Rioja - Función Judicial en las actuaciones relativas al recupero por vía judicial de los importes impagos de la tasa de justicia y demás acreencias que integre el "Fondo de Justicia".

Los honorarios provenientes de las regulaciones efectuadas a favor de los funcionarios intervinientes en las ejecuciones, ingresan a la cuenta creada por esta ley, pudiendo el Tribunal Superior de Justicia afectar hasta el Cincuenta por Ciento (50%) de los mismos para la constitución de un fondo estímulo, afectado a los funcionarios y dependientes designados.

Si se designan apoderados, el Tribunal Superior de Justicia reglamentará su actuación.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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