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Suspensión de sentencias de desalojo y remate Artículo 1 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Suspensión de sentencias de desalojo y remate Misiones
Artículo 1.

Se suspenden hasta el 31 de Diciembre de 2024, las ejecuciones de sentencias que tienen por objeto ordenar el desalojo o remate de inmuebles destinados a vivienda única y familiar y a vivienda y producción agropecuaria única y familiar, cuando se verifica una ocupación superior a ocho (8) años, sobre predios urbanos y rurales, respectivamente, sean éstos fiscales o privados.

La vigencia de la suspensión por el plazo señalado está sujeta a que los beneficiarios acrediten en el expediente judicial que se encuentran empadronados conforme lo prevé el artículo 6, antes del 31 de Mayo de 2024.

Operado el vencimiento del plazo establecido en el párrafo segundo, excepcionalmente puede solicitar la inscripción al Padrón Provincial de Beneficiarios, toda persona que sea notificada de una acción en su contra entre los días 31 de Mayo de 2024 y 31 de Diciembre de 2024 y que además cumplimente estrictamente con todos los requisitos de inscripción exigidos en la presente ley.



Provincia de Misiones Artículo 1 Suspensión de sentencias de desalojo y remate
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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