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Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos Niñas, Niños y Adolescentesv Artículo 10 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos Niñas, Niños y Adolescentes Chaco
Artículo 10. DELEGACIONES REGIONALES DE LA SUBSECRETARIA

Las Delegaciones Regionales, estarán a cargo de un funcionario designado por el Poder Ejecutivo, con competencia en el ámbito de su región y serán sus funciones:

a) Definir, fundamentar y ejecutar las medidas de promoción y protección, de primer orden y excepcionales, en la región de su competencia.

b) Efectivizar el sistema de protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes en el ámbito de la región de su competencia.

c) Facilitar el acceso a los programas y planes disponibles en su comunidad a las niñas, niños y adolescentes ante una amenaza o vulneración de sus derechos.

d) Conformar, coordinar y presidir el Consejo Regional de Representantes Locales.

e) Promover la creación, en el ámbito de los municipios de su región, del organismo específico encargado de atender las políticas vinculadas a la Niñez, Adolescencia y Familia; así como arbitrar el fortalecimiento de las redes locales de protección de derechos.

f) Diseñar, implementar y coordinar conjuntamente con el Consejo Regional de Representantes Locales, el Registro de Recepción y Restitución de Derechos como sistema e información de carácter público, con el objeto de monitorear la restitución de los derechos afectados, en los que se establezcan los indicadores aprobados por el Consejo Provincial de Niñez Adolescencia y Familia. Los criterios para la selección de datos, modalidad de registro e indicadores básicos desagregados, contendrán como mínimo las siguientes variables: edad, sexo, escolaridad, atención sanitaria, medidas adoptadas, sus resultados y control judicial de legalidad si correspondiere. Para la implementación de este Registro se deberá asegurar la reserva en relación a la identidad de las niñas, niños y adolescentes.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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