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Sistema de Elecciones Primarias Artículo 17 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Sistema de Elecciones Primarias Chaco
Artículo 17.

Las boletas de sufragio tendrán únicamente las características establecidas en el artículo 56 y concordantes de la ley 4169 y artículo 38 y concordantes de la ley nacional 26571, excepto en los casos en que las elecciones primarias provinciales se realicen en la misma fecha que las nacionales, en cuyo caso todo lo relativo a las boletas de sufragio se regirá por la norma nacional en la materia.

Además de los requisitos establecidos en la ley 4169, cada sección de la boleta deberá contener en su parte superior tipo y fecha de la elección, denominación y letra de la lista interna.

Las listas internas presentarán su modelo de boleta ante la junta electoral de la agrupación política dentro de los tres (3) días de la oficialización de las precandidaturas, debiendo aquella oficializarla dentro de las veinticuatro (24) horas de tal presentación.

Producida la oficialización, la junta electoral de la agrupación política someterá, dentro de las veinticuatro (24) horas, a la aprobación formal del Tribunal Electoral los modelos de boletas de sufragios de todas las listas que se presentarán en las elecciones primarias, con una antelación no inferior a treinta (30) días de la fecha de la realización las elecciones primarias.

El Tribunal Electoral imprimirá las boletas de sufragio de las agrupaciones políticas a razón de una y media (1,5) por cada elector del padrón provincial, y las distribuirá entre éstas.

El reparto de las boletas de sufragio entre las listas oficializadas de cada agrupación que competirán en las elecciones primarias deberá hacerse igualitariamente.



Provincia del Chaco Artículo 17 Sistema de Elecciones Primarias. Adhesión a Ley Nac. 26.571
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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