Sistema de Beneficios Sociales para Veteranos de Guerra de Malvinas Artículo 12 Provincia de Córdoba
Sistema de Beneficios Sociales para Veteranos de Guerra de Malvinas Córdoba
Artículo 12.
DISPÓNESE que el pago del subsidio caducará automáticamente cuando se produzca cualquiera de las siguientes circunstancias:a) Fallecimiento del titular o derechohabiente o su ausencia con presunción de muerte declarada judicialmente, conforme lo establece el Código Civil;
b) Renuncia del titular;
c) Nuevas nupcias o convivencia de más de dos (2) años de la viuda o de la conviviente beneficiaria del subsidio, debiendo presentar declaración jurada anual en la que manifieste no haber modificado su estado civil;
d) Cuando el subsidio sea percibido por intermedio de un apoderado y no se presentare trimestralmente un certificado de supervivencia de su poderdante, y e) Derogado por art. 12 ley 9996. (b.o. 11/11/2011)
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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