Imprimir

Secretaria de Trabajo Artículo 53 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Secretaria de Trabajo Santa Fe
Artículo 53.

Si la multa no fuera pagada, la Secretaría de Estado de Trabajo podrá promover, por ante el Juzgado de Primera instancia de Distrito en lo Laboral del lugar donde se verificó la infracción el cobro de aquella mediante el juicio de apremio previsto en el Título II del Capítulo II del Libro III del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe. A tal efecto se servirá como título suficiente la copia autenticada de la resolución respectiva. Sin perjuicio de ello, podrá disponerse la clausura del establecimiento por un término que oscile entre doce ( 12 ) horas y cinco ( 5 ) días, manteniéndose el derecho de los trabajadores al cobro de las respectivas remuneraciones.



Provincia de Santa Fe Artículo 53 Secretaria de Trabajo
Artículo 1 ...51 bis 52 53 54 55 ...60

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse