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Se crea la Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria Artículo 6 Provincia de Corrientes


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Se crea la Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria Corrientes Telecomunicaciones Corrientes
Artículo 6.

Fijase inicialmente el capital social, en la suma de pesos ciento cincuenta millones, $ 150.000.000, el cual podrá ser integrado en etapas por el Poder Ejecutivo.

El Poder Ejecutivo Provincial asignará los recursos para cumplir con la integración del capital suscripto, el que puede ser aumentado en la medida que sea necesario para el cumplimiento de su objeto.

La Asamblea Ordinaria puede resolver el aumento del capital hasta el quíntuplo, conforme a lo previsto por la legislación de sociedades comerciales.

El Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, asignará los recursos suficientes para atender las erogaciones; necesarias que resulten de la constitución y posterior normal funcionamiento de la S.A.P.E.M., pudiendo además recibir contribuciones, subsidios, legados o donaciones realizadas por personas físicas y jurídicas.



Provincia de Corrientes Artículo 6 Se crea la Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria Corrientes Telecomunicaciones S.A.P.E.M.
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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