Se asigna el carácter de Calle de Convivencia a Av. Doctor Honorio Pueyrredón mano par entre Av. Gao Artículo 1 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Se asigna el carácter de Calle de Convivencia a Av. Doctor Honorio Pueyrredón mano par entre Av. Gaona y Neuquén Ciudad de Buenos Aires
Artículo 1.
Asígnase el carácter de Calle de Convivencia a la Avenida Doctor Honorio Pueyrredón mano par entre Av. Gaona y la calle Neuquén de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cláusula Transitoria: Las prescripciones de los artículos 6.2.2 inciso b), 6.9.6 y 7.1.9 inciso a) del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado por Ley 6347) serán aplicables al tramo mencionado en el Artículo 1° de la presente Ley luego de la habilitación de los sectores en los que concluyan los trabajos proyectados, conforme lo disponga la Autoridad de Aplicación mediante acto administrativo.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 1 Se asigna el carácter de Calle de Convivencia a Av. Doctor Honorio Pueyrredón mano par entre Av. Gaona y Neuquén
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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