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Regulación del Programa Provincial de Asistencia a las Personas en Situación de Calle Artículo 19 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Regulación del Programa Provincial de Asistencia a las Personas en Situación de Calle La Rioja
Artículo 19. Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas

En el marco de la presente ley, el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia celebrará Convenios con el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas con sede en la Provincia, con el fin de proveer el servicio de emisión del Documento Nacional de Identidad a todas las personas en situación de calle y vulnerabilidad que se encuentren indocumentadas, en los Centros de Asistencia Integral o Albergues, sin perjuicio de la competencia del Ministerio del Interior y de Transporte y actuando en coordinación con dicho servicio.

Los Centros de Asistencia Integral o Albergues proporcionarán y mantendrán un espacio físico dentro de ellos y el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas diseñará un sistema mediante el cual los indocumentados podrán acceder gratuitamente al servicio de emisión de su Documento Nacional de Identidad.



Provincia de La Rioja Artículo 19 Regulación del Programa Provincial de Asistencia a las Personas en Situación de Calle
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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