Regulación del ejercicio de la profesión de Licenciado en Administración Artículo 38 Provincia de Mendoza
Regulación del ejercicio de la profesión de Licenciado en Administración Mendoza
Artículo 38.
Para cumplir su objeto el Colegio profesional podrá:a) Adquirir por compra o cualquier otro título, bienes muebles, inmuebles, instalaciones y toda clase de derechos o valores, venderlos, permutarlos, cederlos y disponer de ellos, darlos en garantía y gravarlos con prenda, hipotecas o cualquier otro derecho real.
b) Celebrar toda clase de contratos, contraer deudas por préstamos, otorgar a los matriculados planes de facilidades de pago para regularizar deudas con el colegio profesional, efectuar inversiones de carácter transitorio, recibir o dar en comodato y realizar todo acto de gestión económico administrativa.
c) Recibir donaciones con o sin cargo.
d) Realizar toda clase de actos jurídicos que no le estén expresamente prohibidos, como asimismo toda gestión administrativa judicial o extrajudicial que haga al objetivo del Colegio Profesional, dado que el presente artículo es enunciativo y no taxativo.
Provincia de Mendoza Artículo 38 Regulación del ejercicio de la profesión de Licenciado en Administración
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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