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Regulación del deporte amateur y profesional y la actividad Artículo 36 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Regulación del deporte amateur y profesional y la actividad Ciudad de Buenos Aires
Artículo 36. Miembros Comisión Directiva. Responsabilidad

Los miembros de las comisiones directivas de las instituciones deportivas y federaciones o asociaciones que los nucleen responden de manera solidaria e ilimitada por el mal desempeño en el ejercicio de sus funciones y por las violaciones a la ley, el Estatuto o Reglamento interior, y por todo daño producido por dolo, culpa grave o abuso de facultades.

Idéntica responsabilidad tienen quienes integran los órganos de contralor y fiscalización de las instituciones deportivas y de las respectivas federaciones y asociaciones.

Podrá quedar exento de responsabilidad el directivo que participó en la deliberación o resolución o que la conoció, si deja constancia por escrito de su protesta, debiendo dar noticia a quienes corresponda.



Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 36 Regulación del deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa a nivel comunitario y en edad escolar
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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