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Regulación de derechos de consumidores y usuarios Artículo 25 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Regulación de derechos de consumidores y usuarios Córdoba
Artículo 25. Incomparecencia

Frente a la incomparecencia injustificada a la audiencia de conciliación por parte del consumidor, la Autoridad de Aplicación procederá al archivo provisorio de las actuaciones, a excepción de aquellos casos en que se decida continuar el trámite de oficio en defensa del interés general de los consumidores o usuarios. Ante la incomparecencia injustificada a la audiencia de conciliación por parte del proveedor, o ante la falta de acuerdo conciliatorio, la Autoridad de Aplicación, en caso de corresponder, procederá a formular la correspondiente imputación sobre la base de los hechos denunciados. El incumplimiento de los acuerdos homologados se considera violación de la Ley Nacional Nº 24.240 -de Defensa del Consumidor- y de la presente Ley. El infractor será pasible de las sanciones establecidas en este cuerpo legal, sin perjuicio del cumplimiento imperativo de las obligaciones que las partes hubieran acordado.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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