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Regulación de derechos de consumidores y usuarios Artículo 22 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Regulación de derechos de consumidores y usuarios Córdoba
Artículo 22. Apertura de instancia

En caso de implementarse la instancia conciliatoria se observará el siguiente procedimiento. Recepcionada la denuncia se abrirá la instancia conciliatoria a cuyos fines se fijará día y hora de audiencia de conciliación. La notificación de la misma se hará por escrito.

En caso de que el motivo que originó la denuncia hubiera sido solucionado antes de la recepción de la audiencia, es obligación de las partes ponerlo en conocimiento de la Autoridad de Aplicación.



Provincia de Córdoba Artículo 22 Regulación de derechos de consumidores y usuarios
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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