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Regula los honorarios de los Peritos y Auxiliares de la Justicia en el ámbito de la Provincia de Río Artículo 10 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Regula los honorarios de los Peritos y Auxiliares de la Justicia en el ámbito de la Provincia de Río Negro Río Negro
Artículo 10. Anticipo para Gastos

Los aranceles establecidos en el presente régimen se refieren únicamente a la retribución por honorarios del servicio profesional prestado, no así a los diversos gastos originados en el desempeño de la gestión. Para atender los mismos el profesional tendrá derecho a solicitar se le anticipen los fondos, con carácter previo a la realización de la labor. Deberá fundamentar su necesidad y estimar el monto de los gastos. Cuando la tarea a realizar sea de gran magnitud, el profesional podrá utilizar la colaboración de auxiliares ad hoc, previa autorización judicial. En tales casos, los gastos que los mismos insuman les serán anticipados al experto previo a la realización de la tarea encomendada, por la parte que solicitó la pericia, bajo pena de considerarse desistida la prueba.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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