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Registro General Artículo 4 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Registro General Córdoba
Artículo 4.

La petición para variar una situación registral deberá formularse exclusivamente por notario de registro, autoridad judicial o autoridad administrativa de la Provincia, según la naturaleza del documento. La inscripción o anotación de documentos privados se efectuará con intervención de un abogado de la matrícula o notario de registro de la provincia.

El Registro General de la Provincia efectuará las inscripciones y anotaciones de modificaciones de hipotecas y gravámenes constituidos mediante instrumento privado a favor de las entidades financieras adheridas a la Ley Nacional N. 22.510. La petición deberá ser suscripta por la autoridad que ejerza su representación, sus apoderados, funcionarios de la Entidad Financiera, Gerencia de Sucursales o Filial.

El Registro General de la Provincia habilitará un protocolo especial para registrar esos instrumentos.

Provincia de Córdoba Artículo 4 Registro General
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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