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Régimen Penal Juvenil Artículo 58 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/10/2024

Régimen Penal Juvenil Jujuy
Artículo 58. Comunicación

En el plazo de diez (10) días de firmado el acuerdo o de concluir el trámite por no arribar al mismo, el/la mediador/a interviniente deberá notificarlo al Agente Fiscal Especializado que haya intervenido en la investigación preparatoria.

Provincia de Jujuy Artículo 58 Régimen Penal Juvenil
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Buenos días, que significa esto: cambio de estado de expediented

Llamamiento de autos a sentencia - art 483 cpccn

Y movimiento en letra? Gracias


Buen dÍa. Me retuvieron el auto en florencio varela por circular con RTO y no con VTV. Estám su derecho de hacer eso?


Mal llamada "rendición de cuentas". Esta es por proceso judicial. Lo que hace el administrador es un informe de su gestión. A las cosas, por su nombre. Es más fácil así. Me parece.


Buenas, soy perito de oficio. Es posible que en la sentencia descuenten en el honorarios, el adelanto de gastos solicitados.


La junta médica me da el alta teniendo estudios medicos que corroboran mi condición médica. Discopatias cervicales y lumbares. Que debo hacer?


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