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Régimen de regularización tributaria para Cooperativas Agropecuarias Artículo 10 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Régimen de regularización tributaria para Cooperativas Agropecuarias Chaco
Artículo 10.

El incumplimiento en tiempo y forma del Régimen, dará lugar a la caducidad de pleno derecho en todos los casos, como así de la parte proporcional de los beneficios otorgados. La misma operará, de la siguiente manera:

a) Para cuotas mensuales: cuando se acumulen más de tres (3) cuotas alternadas o consecutivas impagas, configurándose desde la fecha de vencimiento de la cuarta cuota adeudada.

b) Para cuotas bimestrales, cuatrimestrales y semestrales: cuando se acumulen más de dos (2) cuotas alternadas o consecutivas impagas, configurándose desde la fecha de vencimiento de la tercera cuota adeudada.

c) Para cuotas anuales: operará al vencimiento de la segunda cuota adeudada. En el caso de una sola cuota, se aplica el último párrafo del presente artículo. En caso de encontrarse impagas al momento del vencimiento de la última cuota del plan vigente, para que no se produzca la caducidad del mismo, dispondrán de sesenta (60) días para abonar la/s cuota/s pendiente/s de pago.



Provincia del Chaco Artículo 10 Régimen de regularización tributaria para Cooperativas Agropecuarias
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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