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Régimen de Protección y Fomento de los Sistemas Socio Productivos de la Agricultura Familiar Artículo 4 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Régimen de Protección y Fomento de los Sistemas Socio Productivos de la Agricultura Familiar Río Negro
Artículo 4. Registro de la Agricultura Familiar

Créase el Registro de la Agricultura Familiar en el ámbito de la Secretaría de Economía Social y Agricultura Familiar, el que tiene entre sus funciones y objetivos principales, el relevamiento y registro de los agricultores familiares individualmente considerados con sus respectivos núcleos familiares y organizaciones legalmente reconocidas.

El Registro emitirá una credencial de inscripción que permite acceder a los beneficios y políticas que se implementen en el marco de la presente.

El Registro deberá actualizar cada dos (2) años los datos vinculados a las personas y entidades inscriptas.

La autoridad de aplicación establece un ordenamiento territorial en regiones y subregiones de la Agricultura Familiar, teniendo en cuenta las características geográficas, agroecológicas, identidades regionales, prácticas y rubros productivos.



Provincia de Río Negro Artículo 4 Régimen de Protección y Fomento de los Sistemas Socio Productivos de la Agricultura Familiar
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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