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Régimen de Municipios y Comunas Artículo 77 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Régimen de Municipios y Comunas Córdoba
Artículo 77. Capítulo III Contabilidad Contenido de la Ordenanza de Contabilidad

La Ordenanza de contabilidad deberá regular, sin perjuicio de otros, los siguientes aspectos:

1) Ejecución del Presupuesto;

2) Régimen de contrataciones;

Esta ordenanza deberá contemplar la adecuación de los sistemas de contrataciones, procurando potenciar la capacidad de compra del Estado y la transparencia de los procedimientos; introduciendo y/o armonizando en dichos sistemas de contratación y gestión de bienes, figuras tales como -por ejemplo- las que establecen precios testigos, contratos abiertos consolidados funcionales, provisiones llave en mano, ofertas a través de medios infosistémicos (Internet, etc.), iniciativa privada y oportunidad de mejoramiento de última oferta.

3) Manejo de fondos, títulos y valores;

4) Registro de las operaciones de la contabilidad de la Municipalidad;

5) Procedimiento para la rendición de cuentas y de fondos y Cuenta General del ejercicio;

6) Contabilidad patrimonial y de la gestión de los bienes de la Municipalidad;

7) Tribunal de Cuentas.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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