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Régimen de Conservación de Áreas Naturales Artículo 2 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Régimen de Conservación de Áreas Naturales Córdoba
Artículo 2.

Establécense los límites de la "Reserva Forestal Natural Provincial Perisalina de Ambargasta" y del "Refugio de Vida Silvestre Provincial Salinas de Ambargasta", conforme al mapa que obra como Anexo I de la presente Ley, en los siguientes términos:

a) Al Norte el límite interprovincial con las Provincias de Santiago del Estero y Catamarca;

b) Al Oeste la cota de 190 metros sobre el nivel del mar establecida como límite Este de la Reserva de Usos Múltiples Salinas Grandes, creada por Decreto Nº 464 del año 2003;

c) Al Sur el camino provincial que partiendo de la localidad de Lucio V. Mansilla hacia el Este une esta población con los parajes de El Tuscal y Santo Domingo, y d) Al Este por una línea que une la localidad de Santo Domingo y corre hacia el Norte por los límites parcelarios Este de los campos que lindan al Oeste con la propiedad fiscal de las Salinas de Ambargasta, atravesados por el camino vecinal que une los parajes de San Salvador, San Martín, El Embudo y El Martillo, finalizando en el límite con la Provincia de Santiago del Estero



Provincia de Córdoba Artículo 2 Régimen de Conservación de Áreas Naturales
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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