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Reforma del estado entes provinciales nuclear Mendoza agua EPAS EPRE reguladores eléctricos Artículo 32 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Reforma del estado entes provinciales nuclear Mendoza agua EPAS EPRE reguladores eléctricos Mendoza
Artículo 32.

De la extinción del contrato de trabajo por jubilación del trabajador - Intimación - Plazo de mantenimiento de la relación. Todo agente de la Administración Pública Provincial, centralizada, descentralizada y autárquica, que reuniere los requisitos necesarios para obtener una de las prestaciones del sistema previsional en vigencia, deberá obligatoriamente iniciar los trámites pertinentes y la administración lo intimará a su cumplimiento, extendiéndole a tal efecto los certificados de servicios y de remuneraciones y demás documentación necesaria a esos fines, manteniéndose la vigencia de la relación de empleo público hasta que el agente obtenga el beneficio previsional, por un plazo que no deberá exceder de seis (6) meses, contados a partir de que se obtenga el turno por parte del Ente Previsional, el que deberá gestionarse en un plazo no mayor de quince (15) días de notificado el agente. El agente deberá acreditar haber iniciado el trámite mediante presentación escrita al área de recursos humanos donde preste servicios. El plazo de seis (6) meses comenzará a correr vencidos los quince (15) días citados, en caso de que el agente no hubiere gestionado el turno. Se prorrogará en casos individuales, a petición del agente, siempre que la demora en la resolución del trámite se deba a causas que no le fueran imputables, debidamente acreditadas y hubiere cumplido con la obligación impuesta en la presente de iniciar el trámite por ante el Ente Previsional. En ese supuesto la prórroga será por seis (6) meses. Concedido el beneficio o cumplido el plazo, haya o no el agente realizado las gestiones a su cargo, operará en forma automática la cesación de la relación de empleo público sin obligación para el Estado Provincial, Organismo o Repartición al pago de haberes, indemnizaciones, compensaciones o anticipos motivados en la extinción de dicho vínculo. El Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, a través de la Dirección General de Recursos Humanos, deberá dictar las normas, definir los procesos e implementar las medidas necesarias para asegurar, dentro de la Administración Pública, que el trámite de obtención del beneficio jubilatorio no se extienda por más de seis (6) meses."



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Artículo 1 ...30 bis 31 32 33 34 ...51

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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