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Reconoce el derecho a resarcimiento económico de los agentes de la Administración Pública Provincial Artículo 3 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Reconoce el derecho a resarcimiento económico de los agentes de la Administración Pública Provincial Río Negro
Artículo 3. Requisitos

Para acceder al resarcimiento económico, las personas comprendidas en los alcances de esta ley, deben solicitar ante la autoridad de aplicación su incorporación al Registro Provincial de Reparación Histórica cumpliendo con los siguientes requisitos:

a) Acreditar su relación laboral con el Estado provincial con anterioridad al 10/12/1983.

b) Haber sido dado de baja por aplicación de las leyes provinciales:

1) Ley Nº 931, sancionada el 25 de abril de 1974;

2) Ley Nº 1149, sancionada el 8 de abril de 1976, sus modificatorias y prórrogas y toda otra legislación dictada en igual sentido durante el período comprendido entre el 24/03/1976 y el 10/12/1983.

c) Aportar la documentación probatoria correspondiente y/o acreditar por cualquier medio probatorio, idóneo o información sumaria, las causales políticas, ideológicas, gremiales o similares, que determinaron el cese de la relación laboral.

A los fines de esta disposición, se admite la presentación de todos los elementos probatorios para cumplimentar la información requerida por parte de los interesados y en forma sustitutiva o complementaria, el Estado provincial debe recabar toda la documentación que se encuentre en poder de sus organismos.



Provincia de Río Negro Artículo 3 Reconoce el derecho a resarcimiento económico de los agentes de la Administración Pública Provincial cesanteados o prescindidos entre el 24-03-76 y el 10-12-83
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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