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Ratifíquese el Decreto 1552 de fecha 18 de setiembre de 2018 Artículo 1 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ratifíquese el Decreto 1552 de fecha 18 de setiembre de 2018 Mendoza
Artículo 1.

Ratifíquese el Decreto Nº 1552 de fecha 18 de setiembre de 2018, por el cual se homologa el Acta Aclaratoria REG. 35 en la cual las partes aclaran el punto 5) del Acta Acuerdo paritaria firmada el 26 de diciembre de 2017, correspondiente al régimen salarial 35: La aplicación del adicional Fondo Estímulo Ley Nº 8009 art. 139 inc. g). Dicho fondo se repartirá entre los empleados de planta permanente en las Unidades Organizativas 1 23 01 (SAyOT) y 1 23 03 (DPA) de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial que cumplan funciones normales y habituales en las reparticiones mencionadas, pudiendo aplicarse el mismo a los agentes de los regímenes 05, 13 y 15 que actualmente cumplen funciones en la SAyOT (1 23 01) y DPA (1 23 03) en forma normal y habitual, pudiendo realizarse modificaciones del personal de los regímenes 05, 13 y 15 antedichos, mediante el mecanismo de alta por baja a partir de su firma. Este fondo estímulo será incompatible con cualquier ítem que cumpla las características de estímulo, calificación o puntuación del personal, siendo compatible el presente adicional con el "Adicional Ministerio de Tierras, Decreto Nº 779/2015". La aplicación del adicional Fondo Estímulo Ley Nº 8009 artículo 139 inc. g), será liquidado retroactivamente al mes de Enero de 2018, el que como anexo forma parte de la presente ley.



Provincia de Mendoza Artículo 1 Ratifíquese el Decreto 1552 de fecha 18 de setiembre de 2018
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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