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Protección del ambiente libre de humo de tabaco y el derecho a la salud de los no fumadores Artículo 16 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Protección del ambiente libre de humo de tabaco y el derecho a la salud de los no fumadores Chaco
Artículo 16.

Las infracciones a las disposiciones de esta ley serán pasibles de las siguientes sanciones, que serán graduadassegún la gravedad, reiteración y diferenciando entre particulares y comercios o empresas:

a) Apercibimiento.

b) Multas, que serán en valor de moneda de curso legal fijándose como unidad económica al equivalente cuyo valor del paquete de cigarrillos de veinte (20) unidades, es el más costoso del mercado comercializado en el país al consumidor final. Las multas irán entre cincuenta (50) paquetes hasta cien (100) paquetes.

c) Decomiso.

d) Clausura del local, institución o cualquier otro establecimiento donde se contravenga lo pautado en esta ley.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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