Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2016 los plazos procesales establecidos en la ley P n° 4160 Artículo 1 Provincia de Río Negro
Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2016 los plazos procesales establecidos en la ley P n° 4160 Río Negro
Artículo 1.
Se prorrogan a partir de su vencimiento y hasta el 31 de diciembre de 2016, todos los plazos procesales establecidos por el artículo 1° de la ley P n° 4160 "Régimen Excepcional de Protección de la Vivienda Única de Residencia Permanente.
Provincia de Río Negro Artículo 1 Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2016 los plazos procesales establecidos en la ley P n° 4160 Régimen Excepcional de Protección de la Vivienda Única de Residencia Permanente
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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