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Prorroga de Jurisdicción y Eximición de Tasas Artículo 2 Provincia de Santa Cruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Prorroga de Jurisdicción y Eximición de Tasas Santa Cruz
Artículo 2.

AUTORÍZASE asimismo al Poder Ejecutivo Provincial a prorrogar la jurisdicción a favor de tribunales extranjeros o de la República Argentina y renunciar a oponer la defensa de inmunidad exclusivamente, respecto a reclamos en la jurisdicción que se prorrogue y en relación con los acuerdos que se suscriben para la toma de créditos y/o por la emisión de títulos de deuda que se realice y sujeto en el caso de los títulos de deuda y/o el contrato y/o fideicomiso a que se incluyan las denominadas "cláusulas de acción colectiva" y cláusula de "pari passu", de conformidad con las prácticas estándares habituales y actuales en los mercados nacionales o internacionales.



Provincia de Santa Cruz Artículo 2 Prorroga de Jurisdicción y Eximición de Tasas
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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