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Promoción y protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes Artículo 57 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Promoción y protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes Córdoba
Artículo 57. Resolución

Resuelta la ratificación de la medida, el Tribunal o Juez competente notificará a la autoridad que solicitó el control de legalidad.

Rechazada la medida por el Tribunal o Juez competente, éste debe notificar a la respectiva autoridad administrativa que solicitó el control de legalidad, en cuyo caso la niña, niño o adolescente será reintegrado a la familia o centro de vida de donde fue retirado con motivo de las medidas excepcionales.

La resolución adoptada debe ser notificada a la niña, niño o adolescente, su letrado si hubiera intervenido, los representantes legales, familiares o responsables y sus letrados, el representante complementario y demás partes en el proceso.

En contra de la resolución del Tribunal o Juez competente procederá el recurso de apelación, el que deberá ser fundado e interpuesto en el término de cinco (5) días de notificado. En ningún caso el recurso interpuesto suspenderá la medida adoptada por la administración hasta tanto exista sentencia dictada por la Cámara de Niñez, Juventud y Violencia Familiar.

La Autoridad de Aplicación podrá, sin embargo, insistir en la medida excepcional antes dispuesta conforme nuevos informes y fundamentos que así lo exijan. En tal caso, el Tribunal o Juez lo evaluará y dispondrá -previa audiencia de los interesados- en un plazo no mayor a cinco (5) días. Cuando las circunstancias lo requieran, adoptará las medidas urgentes indispensables hasta su resolución que será recurrible para los interesados.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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