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Promoción y protección de la Artesanía elaborada en la Provincia Artículo 2 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Promoción y protección de la Artesanía elaborada en la Provincia Entre Ríos
Artículo 2.

A los fines de la interpretación y aplicación de la presente, se entienden las siguientes definiciones:

Artesanía: Son las producidas por los artesanos, ya sea totalmente a mano o con la ayuda de herramientas manuales y/o medios mecánicos simples, siempre que la contribución directa del artesano sea el componente más importante en el proceso de producción, el cual debe reconocerse en el producto finalizado.

Para su producción deben emplearse materias primas en su estado natural, procedentes de recursos sostenibles, o, procesadas industrialmente; evitando el uso de cualquier elemento que pueda afectar la salud humana.

Naturaleza de las artesanías: se basan en sus características distintivas, sean utilitarias, decorativas o funcionales, revistiendo una significación sociocultural.

Artesano: es todo aquel trabajador que de acuerdo a su oficio y destreza, elabora objetos con la habilidad de sus manos, y con la ayuda de herramientas y/o medios mecánicos simples.

Participa en todo el proceso de producción con creatividad e innovación de formas y diseños.

Patrimonio Cultural Inmaterial: son los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas - junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes - que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo asi a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana.

Salvaguarda: son las medidas encaminadas a garantizar la viabilidad del patrimonio cultural inmaterial, comprendidas la identificación, documentación, investigación, preservación, protección, promoción, valorización, transmisión -básicamente a través de la enseñanza formal y no formal - y revitalización de este patrimonio en sus distintos aspectos.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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