Promoción de la Formación y del Desarrollo de la Enfermería Artículo 10 Nacional
Promoción de la Formación y del Desarrollo de la Enfermería Nacional
Artículo 10. Instancias de autoevaluació
Al ser la enfermería una profesión regulada por el Estado y en el marco del artículo 36 de la ley nacional 26.206 de Educación Nacional y el artículo 25 de la ley nacional 24.521 de Educación Superior, las jurisdicciones educativas de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán progresivamente asegurar el funcionamiento de instancias internas de autoevaluación de la calidad en las instituciones que implementan carreras superiores técnicas en enfermería. Las mismas tendrán por objeto analizar los logros y dificultades en el cumplimiento de sus funciones, así como sugerir medidas para su mejoramiento. Las instituciones realizarán autoevaluaciones en el marco de los objetivos definidos por el Consejo Federal de Educación que se complementarán en colaboración con el Consejo Federal de Salud con evaluaciones externas a realizarse como mínimo cada seis (6) años.
Nacional Artículo 10 Promoción de la Formación y del Desarrollo de la Enfermería
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios